Para el debate del Ministerio de Educación y Ciencia
10.1. La enseñanza no confesional de las religiones se incluirá en los currículos de las áreas que se determinen; especialmente en los de geografía e historia, de filosofía y de educación para la ciudadanía.
Respuesta a la propuesta 10.1. No a la propuesta.
La finalidad de la materia que se propone obligatoria y su contenido implica una formación religiosa que impide la libre elección de los padres y, por tanto, es contraria a las propias convicciones. El derecho fundamental de los padres está lesionado gravemente.
10.2. La enseñanza confesionalde las religiones será de oferta obligatoria por parte de !os centros, impartida por el profesorado que se determine de acuerdo con los responsables de las distintas religiones y voluntaria para los alumnos. Su calificación no computará a efectos académicos de cálculo de nota media de acceso a la universidad ni para la concesión de becas.
Respuesta a la propuesta 10.2.No garantiza el derecho de los padres.
La propuesta sobre la enseñanza confesional no garantiza el derecho de los padres, pues devalúa la opción formativa católica por la que han optado y es discriminatoria para los alumnos a quienes no se les valora su estudio.
10.3. La enseñanza confesional de las religiones será organizada por los centros de manera que permita atender las distintas opciones elegidas par los alumnos y asegure la coherencia de toda su oferta formativa. Los centros atenderán adecuadamente a los alumnos que opten por no seguir enseñanzas confesionales.
Respuesta a la propuesta 10.3. No cumple con el Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede.
El Acuerdo mencionado establece que el hecho de recibir o no recibir esta enseñanza no cree discriminación alguna. Es evidente que la propuesta del Ministerio de Educación discrimina a los alumnos de Religión que ven como sus compañeros no estudian mientras ellos reciben enseñanza religiosa.
10.4. El Ministerio de Educación y Ciencia elevará una consulta al Consejo de Estado acerca de si las familias o los alumnos que lo soliciten expresamente a título individual pueden renunciar a desarrollar actividades alternativas a la enseñanza confesional de las religiones.
A la propuesta 10.4.No es conforme a derecho.
Se pretende dar una vía libre para que los alumnos no hagan nada en el colegio en las dos horas de religión, o bien, se marchen antes o lleguen después. Podría conculcarse el mismo derecho a la educación.
10.5. Los profesores que impartan las enseñanzas confesionales deberán tener la debida titulación y habilitación. La contratación y las condiciones de trabajo de estos profesores serán conformes con los derechos fundamentales establecidos en el Estatuto de los Trabajadores.
A la propuesta 10.5. No a la propuesta.
No añade nada de mejora a la actual situación del profesorado, pues los tribunales de justicia ya han fallado sobre el Estatuto del Trabajador en el Convenio vigente.
Este documento también esta disponible en formato MS Word
|